<*>En lugar de algodón, puedes regalar una camisa y pantalones de algodón.
Soluciones en ampollas | ||||
9. | Llenadora, selladora y fundidora de ampollas y probetas, capataz y capataz de ampollas | Zapatillas piel | 1 | 6 |
10. | Trabajadores de farmacia que intervienen en la fabricación, envasado y control de medicamentos en condiciones asépticas | Bata o chaqueta con pantalón de algodón | 6 | 24 |
gorro o bufanda de algodón | 6 | 24 | ||
Cubrezapatos de algodón | 6 | 24 | ||
Profesiones Generales | ||||
29. | Archivero de instituciones médicas | Albornoz de algodón | 2 | 12 |
31. | Bibliotecario sirviendo pacientes en un hospital | Albornoz de algodón | 3 | 24 |
gorro o bufanda de algodón | 3 | 24 | ||
33. | Veterinarios, paramédicos veterinarios, auxiliares veterinarios, especialistas en ganadería | Albornoz de algodón | 3 | 24 |
gorro o bufanda de algodón | 3 | 24 | ||
Delantal de hule | 1 | 6 | ||
Toalla | deber | |||
Guantes de goma | de servicio | |||
35. | Encargado de guardarropa de instituciones médicas | gorro o bufanda de algodón | 3 | 24 |
39. | Ingeniero, técnico, técnico de radio, director de fotografía, fisioterapeuta, electricista, cerrajero y otros trabajadores mientras trabajan en salas de tratamiento de hospitales y departamentos clínicos y en salas estériles. | Albornoz de algodón | Deber | |
Gorro de algodón | Deber | |||
40. | Estufa calentador fogonero de instituciones de salud | Albornoz de algodón | 2 | 12 |
gorro o bufanda de algodón | 2 | 12 | ||
44. | Lavadoras (trabajadoras) para lavar y esterilizar botellas y otros recipientes y cristalería farmacéutica, médica, de laboratorio e industrial | Albornoz de algodón | 3 | 24 |
gorro o bufanda de algodón | 3 | 24 |
Nota. Los empleados que trabajen temporalmente o participen en diversos tipos de trabajo, los alumnos, los escolares, los estudiantes en prácticas industriales y las personas en proceso de especialización y perfeccionamiento, la ropa sanitaria y los zapatos sanitarios se entregan por la duración del trabajo o por la duración de las clases prácticas y la práctica industrial en clínicas, laboratorios y en los departamentos de anatomía normal, topográfica y patológica y medicina forense de acuerdo con las normas establecidas para las respectivas profesiones.
Anexo No. 3
a la orden del Ministerio
cuidado de la salud de la URSS
de 29 de diciembre de 1988 N 65
Aprobado por el Decreto del Comité Estatal de Trabajo de la URSS y el Presidium del Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión del 8 de diciembre de 1982 N 293 / P-9 con enmiendas y adiciones realizadas por las decisiones del Comité Estatal de Sindicatos. Trabajo de la URSS y el Presidium del Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión del 10 de junio de 1986 N 213 / P-9 y del 9 de marzo de 1987 No. 147/P-3.
Se entrega ropa especial de abrigo y calzado especial como medio de protección contra el frío a los trabajadores y empleados en las profesiones y cargos previstos en las Normas Industriales Modelo para la Emisión Gratuita de Ropa Especial, Calzado Especial y Otros Equipos de Protección Personal o la industria correspondiente estándares con un período de uso "según zonas climáticas".
Las condiciones de uso de ropa especial de abrigo y calzado especial (chaqueta de algodón con relleno aislante, pantalones de algodón con relleno aislante, chaqueta de viscosa lavsan con relleno aislante, pantalones de viscosa lavsan con relleno aislante y botas de fieltro) se establecen en meses calendario según las zonas climáticas :
Ropa especial y calzado especial | Zonas climáticas | ||||
yo | II | tercero | IV | especial | |
Chaqueta de algodón con forro aislante | 36 | 30 | 24 | 18 | 18 |
Pantalón de algodón con forro aislante | 36 | 30 | 24 | 18 | 18 |
Chaqueta de viscosa lavsan con almohadilla aislante | 36 | 30 | - | - | - |
Pantalón de viscosa lavsan con forro aislante | 36 | 30 | - | - | - |
Botas de fieltro | 48 | 36 | 30 | 24 | 24 |
1. En una zona climática especial, además de ropa especial de abrigo (chaqueta de algodón con forro aislante, pantalones de algodón con forro aislante), se emite lo siguiente:
2. Los abrigos cortos de piel previstos por las Normas Industriales Normalizadas en las zonas climáticas I, II y III podrán, excepcionalmente, ser sustituidos por chaquetas de protección contra las bajas temperaturas con forro aislante cerrado, cuello de piel, válvula cortavientos y un capucha con un período de uso: en la zona I - 36 meses ; en la zona II - 36 meses; en III cinturón - 30 meses.
3. Para trabajos permanentes en zonas de alta montaña: a una altitud de 1000 a 2000 m sobre el nivel del mar, se entrega ropa especial de abrigo y zapatos especiales para los períodos de uso establecidos para las regiones de la III zona climática; a una altitud de 2000 m sobre el nivel del mar y más - para los períodos de uso establecidos para las regiones de la IV zona climática.
4. Los trabajadores y empleados que realizan trabajos al aire libre en invierno en áreas asignadas a II, III, IV y zonas climáticas especiales, además de ropa especial abrigada provista por los Estándares de la Industria Modelo o los estándares de la industria relevantes, reciben complejos de calefacción eléctrica para ropa especial del tipo "Pingüino" "con una fuente de energía estacionaria por un período de uso - 24 meses.
5. Los trabajadores y empleados que, de acuerdo con las Normas Uniformes de la Industria para la Emisión Gratuita de Ropa Especial, Calzado Especial y Otros Equipos de Protección Personal, dispongan de la emisión gratuita de ropa especial de abrigo con un período de uso "en la cintura" ( chaqueta de algodón con forro aislante, pantalones de algodón con forro aislante), en áreas no clasificadas como zonas climáticas, en invierno, una chaqueta de viscosa lavsan con forro aislante, pantalones de viscosa lavsan con forro aislante se emiten por un período de desgaste de 36 meses.
ZONAS CLIMÁTICAS
Yo cinturón | |
RSFSR | RSS de Kazajstán |
Región de Astracán | Región de Alma-Ata |
Región de Bélgorod | Región de Jambul |
Región de Volgogrado | Región de Kyzyl-Orda |
Región de Kaliningrado | Región de Taldy-Kurgan |
ASSR kalmuko | |
Región de Stavropol | RSS de KIRGUIZ |
Alamedinskiy | |
RSS DE UCRANIA | kalininski |
Región de Vínnytsia | kantiano |
Región de Volyn | Keminsky |
Región de Voroshilovgrado | kirovski |
Región de Dnipropetrovsk | Moscú |
Región de Donetsk | Sokuluk |
Óblast de Zhitomir | talas |
región transcarpática | Chuisky |
Región de Zaporozhye | Frunce |
Región de Ivano-Frankivsk | |
Región de Kyiv | RSS de UZBEK |
Región de Kirovograd | ASSR DE KARAKALPAK |
región de leópolis | RSS DE BIELORRUSIA |
región de poltava | RSS DE LETONA |
región de Rovenskaya | RSS DE LITUANIA |
Región de Sumy | |
región de ternopil | |
Región de Járkov | |
Región de Jmelnitsky | |
Región de Cherníhiv | |
Región de Cherkasy | |
Región de Chernivtsi | |
II cinturón | |
RSFSR | RSS DE ESTONIA |
Región de Briansk | Región de Saratov |
Región de Vladímir | Región de Smolensk |
Región de Vorónezh | Región de Tambov |
Región de Gorki | Región de Tula |
región de ivanovo | Región de Ulyanovsk |
Región de Kalinín | Región de Yaroslavl |
Región de Kaluga | |
Región de Kuibyshev | RSS de Kazajstán |
región de kursk | Región de Aktobe |
región de leningrado | La región de Kazajistán Oriental |
Región de Lípetsk | (excepto para las áreas enumeradas a continuación) |
Mari ASSR | Región de Guryev |
ASSR de Mordovia | Región de Kustanai |
región de Moscú | Región de Mangyshlak |
región de novgorod | Región de Semipalatinsk |
Región de Oriol | Región de Turgai (distritos: |
Región de Penza | Amangeldy, Arkalyk, |
Krai de Primorsky | Dzhangildinsky y Oktyabrsky) |
región de pskov | Región de los Urales |
Óblast de Riazán | |
cinturon III | |
RSFSR | |
Región de Altai | región de Tomsk (excepto las áreas |
Región de Amur | enumerados a continuación) |
Baskir ASSR | ASSR de Udmurtia |
Buriatia ASSR | Khabarovsk Krai (excepto las áreas enumeradas a continuación) |
Óblast de Vologodskaya | Región de Cheliábinsk |
región de Irkutsk (excepto | Región de Chitá |
áreas enumeradas a continuación) | |
ASSR de Carelia (al sur de los 63° de latitud norte) | RSS de Kazajstán |
Región de Kémerovo | Región de Kazajstán Oriental |
Región de Kostromá | (distrito de Zyryanovsky y Leninogorsk con |
Región de Kírov | zona del ayuntamiento) |
Territorio de Krasnoyarsk (excepto | Región de Dzheskazgan |
áreas enumeradas a continuación) | Región de Karagandá |
Región de Kurgán | Región de Kokchetav |
Región de Novosibirsk | Región de pavlodar |
Región de Omsk | Región del norte de Kazajstán |
Región de Oremburgo | Región de Turgai (distritos: |
región de permanente | Derzhavinsky, Esilsky, Zhaksynsky, |
Región de Sakhalin (excepto las áreas enumeradas | Zhanadalinski) |
abajo) | Región de Tselinograd |
Región de Sverdlovsk | |
ASSR tártaro | |
cinturón intravenoso | |
RSFSR | |
Región de Arkhangelsk (excepto las áreas ubicadas más allá del Círculo Polar Ártico) | Región de Tomsk (distritos: Bakcharsky, Verkhneketsky, Kolpashevsky, Krivosheinsky, Molchanovsky, |
Región de Irkutsk (distritos: Bodaibinsky, Katangsky, Kirensky, Mamsko-Chuysky) | Parabelsky, Chainsky y los territorios de los distritos de Aleksandrovsky y Kargasovsky, |
Región de Kamchatka | ubicado al sur de los 60° de latitud norte) |
ASSR de Carelia (al norte de los 63° de latitud norte) | Región de Tyumen: áreas de Khanty-Mansiysk y |
Komi ASSR (áreas ubicadas al sur del Círculo Polar Ártico) | Okrugs autónomos de Yamalo-Nenets (excepto las áreas ubicadas al norte de los 60° de latitud norte) |
Territorio de Krasnoyarsk (territorios del distrito autónomo de Evenk Okrug y Turukhansky, ubicado al sur del Círculo Polar Ártico) | Territorio de Khabarovsk (distritos: Ayano-Maisky, Nikolaevsky, Okhotsky, llamado así por Polina Osipenko, Tuguro-Chumikansky, Ulchsky) |
Islas Kuriles | República Socialista Soviética Autónoma de Yakut (excepto la región de Oymyakonsky y las regiones ubicadas al norte del Círculo Polar Ártico) |
Óblast de Magadan (excluyendo el distrito autónomo de Chukotka y las áreas que se enumeran a continuación) | |
Región de Murmansk | |
Región de Sakhalin (distritos: Nogliksky, Okhinsky) | |
CINTURON ESPECIAL | |
RSFSR | |
Región de Magadan (distritos: Omsukchansky, Olsky, Severo-Evensky, Srednekansky, Susumansky, Tenkinsky, Khasynsky, Yagodninsky) | |
El territorio ubicado al norte del Círculo Polar Ártico (excepto la región de Murmansk) | |
Región de Tomsk (territorio de los distritos de Alexandrovsky y Kargasoksky, ubicado al norte de los 60° de latitud norte) | |
Región de Tyumen (áreas de los distritos autónomos de Khanty-Mansiysk y Yamalo-Nenets ubicadas al norte de los 60° de latitud norte) | |
Chukotka Autónoma Okrug Yakut ASSR (Distrito de Oymyakonsky) |
Apéndice No. 4
a la orden del Ministerio
cuidado de la salud de la URSS
de 29 de diciembre de 1988 N 65
INSTRUCCIONES
DEL PROCEDIMIENTO PARA SUMINISTRAR A LOS TRABAJADORES Y EMPLEADOS ROPA ESPECIAL, ZAPATOS ESPECIALES Y OTROS MEDIOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Aprobado por el Decreto del Comité Estatal de Trabajo de la URSS y el Presidium del Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión del 24 de mayo de 1983 N 100 / P-9 con aclaraciones editoriales hechas por las decisiones del Comité Estatal de Trabajo de la URSS y el Presidium del Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión del 21 de marzo de 1987 N 177 / P-4.
1. Disposiciones generales
1.1. De conformidad con el Artículo 63 de los Fundamentos de la Legislación de la URSS y las Repúblicas de la Unión sobre el trabajo en trabajos con condiciones laborales perjudiciales, así como en trabajos realizados en condiciones de temperatura especiales o asociados con la contaminación, los trabajadores y empleados se emiten de forma gratuita. , según las normas establecidas, ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal.
1.2. La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal se entregan a los trabajadores y empleados de aquellas profesiones y puestos que están previstos en las industrias, talleres, secciones y tipos de trabajo relevantes de las Normas Modelo de la Industria para la emisión gratuita de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal para trabajadores y empleados, aprobado por las resoluciones del Comité Estatal de Asuntos Laborales y Sociales de la URSS y el Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión, o en las normas industriales relevantes introducidas sobre la base de Consejos de muestra Ministros de las repúblicas de la Unión, ministerios y departamentos de la URSS.
La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal se entregan a los trabajadores y empleados de acuerdo con las normas y términos de uso establecidos, independientemente de la industria. economía nacional se ubican estas producciones, talleres, secciones y tipos de obra.
1.3. Trabajadores y empleados cuyas profesiones y puestos están previstos en las Normas Modelo para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal a los trabajadores y empleados de profesiones y puestos transversales en todos los sectores de la economía nacional e industrias individuales , ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal se expiden independientemente de las industrias, talleres y secciones en las que trabajen, a menos que estas profesiones y puestos estén específicamente previstos en las Normas Industriales Uniformes correspondientes.
1.4. Los nombres de las profesiones de los trabajadores y los puestos de los trabajadores y empleados de ingeniería y técnicos, previstos en las Normas Modelo de la Industria para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal a los trabajadores y empleados, se indican de conformidad con el Directorio Unificado de Tarifas y Cualificaciones de Trabajos y Profesiones de los Trabajadores, guía de calificación ocupaciones de los trabajadores, trabajadores de la comunicación y subalternos personal de servicio, no incluidos en el Arancel Unificado y Manual de Cualificación de Trabajos y Profesiones de los Trabajadores a los que se fijan salarios mensuales, el Manual de Cualificación de Puestos de Trabajo y otros regulaciones.
1.5. De conformidad con el párrafo 3 de la resolución del Consejo del Ministro de la URSS del 11 de junio de 1959 N 629<*>Los Consejos de Ministros de las repúblicas y ministerios de la Unión pueden realizar cambios y adiciones a las normas establecidas para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal para trabajadores y empleados, teniendo en cuenta la producción local y las condiciones climáticas. y departamentos de la URSS de acuerdo con el Comité Estatal del Consejo de Ministros de la URSS sobre cuestiones laborales y salarios <**>y el Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión.
Las propuestas de armonización de reformas y adiciones a dichas normas deberán acompañarse de:
Justificación de la necesidad de introducir ciertos cambios y adiciones a las normas, desarrolladas con la participación de instituciones de investigación relevantes;
Datos sobre el número de empleados respecto de los cuales se plantea la cuestión de introducir modificaciones y adiciones a las normas, así como sobre los fondos materiales y necesarios para estos fines.
1.6. Jefes de empresas, instituciones, organizaciones.<***>en algunos casos, de acuerdo con las características de la producción, pueden, de acuerdo con el comité sindical y el inspector técnico del trabajo, reemplazar: un traje de algodón con un traje de algodón o una bata y viceversa, un traje de algodón con un mono de algodón con camisa (blusa) o vestido de verano con blusa y viceversa, traje de tela con traje de algodón con impregnación ignífuga o resistente a los ácidos y viceversa, traje de tela con traje de algodón con impregnación ignífuga impregnación retardante o repelente al agua, botas de cuero (medias botas) con botas de goma y viceversa, botas de cuero (medias botas) con botas de lona y viceversa, botas de fieltro con botas de lona.
Cualquier otro reemplazo de algunos tipos de monos y calzado especial por otros solo puede llevarse a cabo en la forma establecida por el párrafo 3 de la resolución del Consejo de Ministros de la URSS del 11 de junio de 1959 N 629.
1.7. En los casos en que el equipo de protección personal, como un cinturón de seguridad, cubrezapatos y guantes dieléctricos, alfombra de goma, gafas y pantallas, respirador, máscara antigás, casco de seguridad, pasamontañas, mosquitero, casco, hombreras, coderas, autorrescatadores, antífonas, tapones, cascos antirruido, filtros de luz, guantes de protección contra vibraciones y otros no especificados en los Códigos Estándar de la Industria o en los códigos de la industria relevantes, pueden ser emitidos a los trabajadores y empleados por los jefes de empresas de acuerdo con el comité sindical, según la naturaleza y las condiciones del trabajo que realizan, por un período de uso - hasta desgastarse o como "en servicio".
<*>SP URSS, 1959, N° 13, art. 78.
<**>De acuerdo con la Ley del Consejo de Ministros de la URSS del 5 de julio de 1978, pasó a llamarse Comité Estatal URSS sobre cuestiones laborales y sociales (Vedomosti del Soviet Supremo de la URSS, 1978, N 28, ítem 436).
<***>En lo sucesivo denominadas empresas.
2. El procedimiento de tramitación de las solicitudes de obtención de ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección individual, su aceptación y almacenamiento.
2.1. La provisión de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal a las empresas debe realizarse sobre la base de solicitudes para estos fines compiladas anualmente y enviadas a las autoridades logísticas u otras organizaciones relevantes.<*>.
La elaboración de las solicitudes deberá realizarse teniendo en cuenta el número de trabajadores y empleados por profesiones y cargos previstos en las Normas Modelo de la Industria para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal a los trabajadores y empleados o en las correspondientes estándares de la industria.
En las solicitudes, la administración de la empresa deberá proveer ropa especial y calzado especial para hombres y mujeres, indicando el nombre de ropa especial, calzado especial, GOST, OST, especificaciones, modelos, impregnaciones protectoras, colores de tela, tallas, alturas y para cascos y cinturones de seguridad - tallas.
Las autoridades logísticas verifican la corrección de las solicitudes presentadas por las empresas y su cumplimiento con los Estándares de la Industria Modelo vigentes para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal para trabajadores y empleados y el número de empleados por profesión y puesto.
2.2. La aceptación de cada lote de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal recibidos en el almacén de la empresa debe ser realizada por una comisión de representantes de la administración y el comité sindical, que redacta un acta sobre la calidad de la entrada. ropa, calzado y equipos de protección personal, su cumplimiento de los requisitos de GOST, OST y especificaciones técnicas, así como las solicitudes enviadas a administraciones territoriales logística u otras organizaciones pertinentes. La composición de esta comisión se aprueba por decisión conjunta de la administración y el comité sindical.
2.3. La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal que no cumplan con los requisitos de GOST, OST y condiciones técnicas están sujetos a devolución con la presentación de las quejas correspondientes en la forma prescrita al proveedor, quien debe enviar al cliente para reemplazar el rechazado ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal adecuados para su uso.
2.4. Los jefes de empresas, si es necesario, pueden involucrar a especialistas relevantes en la comisión para la aceptación de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal para determinar la calidad e idoneidad de estos equipos de protección personal.
2.5. En prendas especiales aceptadas de proveedores, uno de los detalles (bolsillo del pecho, manga, espalda, etc.) está estampado (emblema) con la imagen de nombre de la marca empresa y la inscripción del nombre abreviado de la empresa. El tamaño del sello (emblema) debe ser de al menos 8 cm x 8 cm (u 8 cm de diámetro).
En el cuello, el cuello de la chaqueta y el forro del cinturón de los pantalones, con pintura indeleble, se coloca una marca: el número de personal del trabajador.
2.6. La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal que lleguen a los almacenes de la empresa deben almacenarse en cuartos secos separados, aislados de cualquier otro artículo y material, clasificados por tipo, altura y propiedades protectoras.
2.7. La ropa especial hecha de telas cauchutadas y los zapatos de goma deben almacenarse en habitaciones oscuras a una temperatura de +5o a +20o C con una humedad relativa de 50-70% a una distancia de al menos un metro de los sistemas de calefacción.
Los cinturones de seguridad deben almacenarse colgados o dispuestos en bastidores.
2.8. La ropa especial abrigada y el calzado especial aceptados para el almacenamiento deben desinfectarse, limpiarse a fondo de suciedad y polvo, secarse, repararse e inspeccionarse periódicamente durante el almacenamiento.
2.9. El almacenamiento de ropa especial para trabajadores empleados en trabajos con sustancias nocivas para la salud (plomo, sus aleaciones y compuestos, mercurio, gasolina con plomo, sustancias radiactivas, etc.) deberá realizarse de conformidad con las instrucciones e instrucciones de las autoridades de supervisión sanitaria.
<*>La forma, el procedimiento y los plazos para la presentación de solicitudes los establece la URSS Gossnab y otros organismos que suministran a las empresas equipos de protección personal.
3. El procedimiento para la expedición de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal.
3.1. La ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal que se entreguen a los trabajadores y empleados deberán ajustarse a la naturaleza y condiciones de su trabajo y garantizar la seguridad laboral.
3.2. La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal entregados a los trabajadores y empleados se consideran propiedad de la empresa y están sujetos a devolución obligatoria: al momento del despido, cuando se transfiere a otro puesto de trabajo en la misma empresa para la cual se requiere ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal no están previstos por las normas, así como al final del período de uso a cambio de nueva ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal.
3.3. No se permite la emisión de ropa especial y calzado especial a cambio de materiales para su fabricación o dinero para su compra.
En casos excepcionales, al emitir ropa especial y calzado especial a tiempo y adquirirlos en relación con esto por parte de los propios empleados, la administración de la empresa está obligada a reembolsar a los empleados los costos de adquisición de ropa especial y calzado especial a precios minoristas estatales. y acreditar la ropa especial y el calzado especial como inventario de la empresa.
3.4. La empresa está obligada a reponer o reparar la ropa especial y el calzado especial que hayan quedado inservibles antes del vencimiento del período de uso establecido por causas ajenas al trabajador o empleado.
Tal reemplazo se lleva a cabo sobre la base de un acto apropiado redactado por la administración con la participación de un representante del comité sindical.
3.5. En caso de pérdida o daño de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal en los lugares designados para su almacenamiento, por razones fuera del control de los trabajadores y empleados, la administración de la empresa está obligada a proporcionarles otra ropa especial útil. , calzado especial y otros equipos de protección personal.
3.6. La ropa especial usada, el calzado especial y otros equipos de protección personal pueden entregarse a otros trabajadores y empleados solo después del lavado, limpieza en seco, desinfección y reparación. El período de uso está determinado por la comisión prevista en la cláusula 2.2. de esta Instrucción, en función del grado de deterioro del equipo de protección individual especificado.
3.7. La ropa especial de trabajo, el calzado especial y otros equipos de protección personal para uso colectivo deben estar en la despensa de un taller o sección y entregarse a los trabajadores y empleados solo por la duración del trabajo para el cual se proporcionan o se pueden asignar a ciertos trabajos (por ejemplo, abrigos de piel de oveja para puestos al aire libre, guantes dieléctricos en instalaciones eléctricas, etc.) y ser transferidos de un turno a otro. En estos casos, la entrega de ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal se realiza bajo la responsabilidad de los capataces y demás personas del personal administrativo y técnico.
Las condiciones para el uso de ropa especial de trabajo, calzado especial y demás equipos de protección personal en cada caso, según la naturaleza del trabajo y las condiciones de trabajo de los trabajadores y empleados, son establecidas por la administración de la empresa en acuerdo con el comité sindical.
Al mismo tiempo, los períodos de uso de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal en servicio no deben ser más cortos que los períodos de uso de los mismos tipos de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal emitidos para uso individual de conformidad con con los Estándares de la Industria Modelo o los estándares de la industria relevantes.
3.8. Proporcionados por las Normas Modelo de la Industria o las normas industriales pertinentes, ropa especial de abrigo y calzado especial (trajes de algodón con forro aislante, chaquetas de algodón con forro aislante, pantalones de algodón con forro aislante, chaquetas para protección contra bajas temperaturas, trajes de piel, abrigos de piel de oveja, abrigos de piel de oveja, botas de fieltro, sombreros, orejeras, mitones de piel, etc.) se entregan a los trabajadores y empleados con el inicio de la estación fría y con el inicio del clima cálido deben entregarse a la empresa para su almacenamiento organizado hasta el siguiente temporada. La administración de la empresa junto con el comité sindical establece el tiempo para usar ropa especial de abrigo y calzado especial, teniendo en cuenta la producción local y las condiciones climáticas.
3.9. Al final del uso de ropa especial de abrigo y calzado especial, su aceptación para el almacenamiento a fin de evitar la despersonalización en la obtención de esta ropa y calzado debe realizarse de acuerdo con la lista nominal. Después del almacenamiento, la ropa de abrigo y el calzado especial deben ser devueltos a aquellos trabajadores y empleados a quienes se les quitó para su almacenamiento.
3.10. Alumnos del curso, grupo y forma individual educación, estudiantes de escuelas secundarias vocacionales, escuelas vocacionales, escuelas técnicas, escuelas de educación general, escuelas secundarias especializadas Instituciones educacionales y estudiantes de instituciones de educación superior para el período de práctica industrial (capacitación industrial), instructores de métodos de trabajo avanzados, así como trabajadores y empleados que realizan trabajos temporales en profesiones y puestos para los cuales el Modelo actual proporciona ropa especial, calzado especial Estándares de la industria o los estándares de la industria relevantes y otros equipos de protección personal, durante la duración de este trabajo, ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal se emiten de acuerdo con los Estándares de la industria estándar vigentes o los estándares de la industria relevantes de la manera establecida para todos trabajadores y empleados.
3.11. A los brigadistas, capataces que desempeñan las funciones de capataces, ayudantes y trabajadores auxiliares, cuyas profesiones están previstas en las normas de la industria modelo para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal o en las normas de la industria, se les entrega la misma ropa especial , calzado especial y demás equipos de protección personal, como trabajadores de las profesiones correspondientes.
3.12. La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal para trabajadores y empleados (incluidos los trabajadores técnicos y de ingeniería) previstos en las Normas Modelo de la Industria o las normas industriales pertinentes deben entregarse a los trabajadores y empleados especificados, incluso si tienen más antigüedad en su cargo. (ingeniero superior, mecánico superior, capataz superior, etc.) y se realizan directamente aquellos trabajos que dan derecho a recibir esta ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal.
3.13. Los trabajadores que combinen profesiones o realicen constantemente trabajos combinados, incluso en equipos integrados, además de los equipos de protección individual que se les entreguen en la profesión principal, según el trabajo que realicen, deberán disponer adicionalmente de otros tipos de ropa especial, calzado especial y otros equipo de protección personal, previsto normativa vigente para una profesión combinada con los mismos términos de uso. En estos casos, los overoles, zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal adicionales deben entregarse como "de servicio".
3.14. La entrega a los trabajadores y empleados y la entrega por parte de ellos de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal debe registrarse en una tarjeta personal aprobada por la Oficina Central de Estadística de la URSS el 25 de diciembre de 1978 N 1148 (formulario interdepartamental estándar N MB- 6).
3.15. La administración de la empresa está obligada a organizar la contabilidad y el control adecuados sobre la entrega de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal a los trabajadores y empleados de manera oportuna.
4. El procedimiento para el uso de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal.
4.1. Durante el trabajo, los trabajadores y empleados deben usar la ropa especial que se les entregó, calzado especial y otros equipos de protección personal. La administración de la empresa está obligada a garantizar que los trabajadores y empleados durante el trabajo realmente usen la ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal que se les proporcionen, y no permitan que los trabajadores y empleados trabajen sin ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal. equipos instalados, así como en monos y calzados especiales defectuosos, sin reparar, contaminados o con equipos de protección personal defectuosos.
4.2. Los trabajadores y empleados están obligados a cuidar la ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal expedidos para su uso, informar oportunamente a la administración de la empresa sobre la necesidad de limpieza en seco, lavado, secado, reparación, desgasificación, descontaminación, desinfección, neutralización y desempolvado de ropa especial, así como secado, reparación, descontaminación, descontaminación, desinfección, neutralización de calzado especial y otros equipos de protección personal.
4.3. Los plazos para el uso de ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal se establecen en base al calendario y se computan desde el día en que son efectivamente entregados a los trabajadores y empleados.
4.4. La ropa especial y los zapatos especiales devueltos por los trabajadores y empleados después de la expiración del período de uso, pero aún aptos para su uso, deben repararse y usarse para el propósito previsto, y no aptos para el uso: cancelados y utilizados para reparar ropa especial y especial. zapatos que están en operación, así como para necesidades de producción o entregados para su procesamiento como materia prima secundaria.
En los casos en que ciertos tipos la ropa especial y el calzado especial después de la caducidad de sus calcetines no pueden aceptarse para su uso como materias primas secundarias, deben destruirse de la manera prescrita.
4.6. La administración de la empresa está obligada a asegurar periódicamente, de acuerdo con los plazos establecidos, la prueba y verificación de la operatividad de los equipos de protección personal (respiradores, máscaras antigás, autorrescatadores, cinturones de seguridad, mosquiteros, cascos, etc.), así como así como el reemplazo oportuno de filtros, vidrios y otras partes con propiedades protectoras reducidas. Después de la verificación, se debe hacer una marca (sello, sello) en los términos de la prueba posterior en el equipo de protección personal.
4.7. Está prohibido que los trabajadores y empleados saquen ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal fuera de la empresa al final del trabajo.
4.8. Para el almacenamiento de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal entregado a los trabajadores y empleados, la administración de la empresa está obligada a proporcionar habitaciones especialmente equipadas (vestidores) de acuerdo con los requisitos de las normas sanitarias.
4.9. En algunos casos, donde, bajo las condiciones de trabajo, no se puede establecer el procedimiento especificado para almacenar ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal (por ejemplo, en sitios de tala, en exploración geológica), pueden permanecer en tiempo no laborable para los trabajadores y empleados, lo que deberá estar previsto en la normativa laboral interna sectorial o en acuerdos colectivos.
La responsabilidad por la seguridad de la ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal en estos casos es de los propios trabajadores y empleados.
5. Cuidado de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal
5.1. La administración de la empresa está obligada a organizar el cuidado adecuado del equipo de protección personal. Realizar oportunamente limpieza en seco, lavado, reparación, desgasificación, descontaminación, neutralización y desempolvado de ropa especial, así como reparación, desgasificación, descontaminación y neutralización de calzado especial y demás equipos de protección personal.
5.2. En los casos en que lo requieran las condiciones de producción en la empresa (en talleres, en sitios), secadores de ropa especial y calzado especial, cámaras para desempolvar ropa especial e instalaciones para desgasificar, desactivar y neutralizar ropa especial, calzado especial y otros significa protección personal.
5.4. La limpieza en seco, el lavado, la reparación, la descontaminación, la descontaminación y el desempolvado de la ropa especial, así como la reparación, descontaminación, descontaminación y descontaminación del calzado especial y otros equipos de protección personal deberían ser realizados por las empresas en un momento en que los trabajadores y empleados estén no ocupado en el trabajo (los fines de semana) o durante los descansos de turno.
5.5. Si las normas prevén la entrega de dos o tres juegos de ropa especial y calzado especial para trabajadores y empleados (por ejemplo, cuando se trabaja con sustancias radiactivas), limpieza en seco, lavado, reparación, desgasificación, descontaminación, neutralización y eliminación de polvo de especial ropa, así como la reparación, desgasificación, descontaminación y neutralización de calzado especial y otros equipos de protección personal también se pueden realizar en otros momentos, y los trabajadores y empleados reciben juegos de reemplazo para este momento.
5.6. En los casos de contaminación de la ropa especial o de necesidad de repararla antes de la fecha límite, la limpieza en seco, el lavado y la reparación deberán realizarse antes de lo previsto. Si es necesario, el calzado especial y otros equipos de protección personal deben repararse antes de lo previsto.
5.7. Durante la limpieza en seco, descontaminación, descontaminación y neutralización de ropa especial, se deben preservar sus propiedades protectoras.
No está permitido entregar ropa especial a los trabajadores y empleados después de la limpieza en seco, lavado, desgasificación, descontaminación, neutralización y desempolvado en forma defectuosa.
5.8. La limpieza en seco, lavado, reparación, desgasificación, descontaminación, descontaminación y desempolvado de ropa especial para trabajadores y empleados que realicen trabajos con sustancias nocivas para la salud (plomo, sus aleaciones y compuestos, mercurio, gasolina con plomo, sustancias radiactivas, etc.) realizarse de acuerdo con las indicaciones e indicaciones de las autoridades sanitarias.
5.9. En los casos de enfermedad infecciosa de un trabajador o empleado, la ropa especial, el calzado especial y demás equipos de protección personal que utilice, y la habitación en la que se almacenaron, deberán ser desinfectados por estaciones de desinfección o departamentos de desinfección de estaciones sanitarias y epidemiológicas.
5.10. Los zapatos especiales deben limpiarse y engrasarse periódicamente, para lo cual los trabajadores y empleados deben contar con las condiciones adecuadas (lugares para la limpieza de zapatos, cepillos, ungüentos, etc.).
6. Otras cuestiones relacionadas con el procedimiento de almacenamiento, expedición y uso de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal
6.1. Los conflictos laborales relacionados con la entrega y el uso de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal son examinados por las comisiones de conflictos laborales.
6.2. Preguntas responsabilidad trabajadores y empleados por daños causados a la empresa en relación con la pérdida o daño por negligencia de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal o en otros casos (robo o daño deliberado de estos productos) están regulados legislación actual.
6.3. La responsabilidad de la provisión oportuna de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal a los trabajadores y empleados y de la implementación de esta instrucción recae en el jefe de la empresa.
6.4. El control sobre la implementación por parte de la administración de la empresa de esta instrucción se asigna a los comités sindicales.
Apéndice No. 5
a la orden del Ministerio
cuidado de la salud de la URSS
de 29 de diciembre de 1988 N 65
ACORDADO:
Comité Central del Sindicato de Trabajadores Médicos
Anexo No. 6
a la orden del Ministerio
cuidado de la salud de la URSS
de 29 de diciembre de 1988 N 65
PAUTAS
SOBRE LA ORGANIZACIÓN DEL SUMINISTRO, ALMACENAMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DE ROPA ESPECIAL, CALZADO ESPECIAL Y OTROS EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EN INSTITUCIONES, EMPRESAS Y ORGANIZACIONES DE ATENCIÓN A LA SALUD
I. INTRODUCCIÓN
Las tareas más importantes de la política social en nuestro país son proteger la salud de los trabajadores, garantizar condiciones seguras mano de obra, liquidación enfermedades profesionales y lesiones industriales.
En el complejo de medidas para garantizar la seguridad en el trabajo y la prevención de enfermedades, los equipos de protección personal que previenen o reducen el impacto de riesgos y daños juegan un papel importante. factores de produccion por persona. Crece el número de empleados que tienen derecho a recibir overoles, calzado especial y equipos de protección personal gratuitos. Las asignaciones y fondos materiales para estos fines aumentan cada año. Por lo tanto, junto con el tema de la correcta y oportuna dotación al personal sanitario de todos los equipos de protección personal necesarios, es necesario velar por su correcto funcionamiento, almacenamiento, limpieza, etc.
real" Pautas"Desarrollado en desarrollo de las "Instrucciones sobre el procedimiento para proporcionar a los trabajadores y empleados ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal", aprobado por el Decreto del Comité Estatal de Trabajo de la URSS y el Presidium del Consejo Central de toda la Unión de Sindicatos de 24 de mayo de 1983 N 100/P-9.
A los efectos de la capacitación, capacitación avanzada de los trabajadores involucrados en la provisión y operación de overoles, zapatos de seguridad y equipos de protección personal, estas recomendaciones establecen un "Programa de capacitación para especialistas involucrados en la provisión de equipos de protección personal para trabajadores y empleados".
POSICIÓN
SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE PUNTOS ESPECIALIZADOS PARA LA EMISIÓN, ALMACENAMIENTO Y OPERACIÓN DE MONOS, ZAPATOS Y DEMÁS EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EN INSTITUCIONES, EMPRESAS Y ORGANIZACIONES DE ATENCIÓN A LA SALUD
1. Disposiciones generales
1.1. Este Reglamento establece el procedimiento para la organización y operación de puntos especializados para la expedición, almacenamiento y operación de overoles, calzado especial y otros equipos de protección personal en instituciones, empresas y organizaciones de salud (en adelante, “Puntos EPP” por brevedad).
1.2. Los "puntos EPI" están diseñados para proporcionar de forma centralizada a los trabajadores sanitarios equipos de protección individual.
1.3. La estructura de un "Punto PPE" especializado debe incluir:
Almacén de overoles, calzado y equipo de protección personal;
Una sala para la selección de overoles, calzado de seguridad con probador;
Un cuarto para ajuste y reparación de ropa, calzado de seguridad;
servicio de habitaciones
1.4. En el “Punto de EPI” se podrán habilitar salas de lavado y limpieza en seco de monos, y, en su caso, salas e instalaciones de desgasificación, descontaminación y neutralización de monos, calzado especial y otros equipos de protección individual.
1.5. Todos los locales del “Punto EPI” deben estar secos, climatizados, con ventilación natural, proporcionando un único recambio de aire por hora.
1.6. Los estados del "Punto PPE" están determinados por la administración dentro del personal de la institución, empresa, organización, pero no menos de dos empleados: un almacenista senior y un almacenista.
El mayordomo supervisa todo Estados financieros, participa en la preparación de solicitudes, asiste en la selección del equipo de protección personal necesario.
El encargado de la tienda ajusta la altura de los overoles, los plancha, los empaca, selecciona el calzado especial y otros equipos de protección personal, y es responsable del orden en la habitación.
1.7. Los empleados del "Punto de PPE" de la manera prescrita son capacitados y probados sobre el uso de equipo de protección personal en una determinada institución, empresa, organización y los requisitos básicos para PPE.
1.8. Se debe proporcionar a los empleados del Punto EPI la documentación reglamentaria necesaria (normas de la industria, catálogos, instructivos, GOST, OST, etc.).
1.9. El horario de trabajo del "Punto PPE" se coordina con el horario de trabajo de la institución, empresa, organización, lo que garantiza que los empleados reciban equipo de protección personal de costo mínimo tiempo.
1.10. El control sobre el trabajo del Punto PPE se confía al comité sindical y la administración de la institución, empresa, organización.
2. Aceptación y emisión de equipos de protección personal
2.1. En el Punto EPI se aceptan equipos de protección individual:
Recién recibido del proveedor;
Usado de trabajo.
2.3. Cada lote de equipo de protección personal recibido por la empresa, institución, organización está sujeto a verificación (inspección externa, verificación del cumplimiento del surtido declarado en términos de modelos, tamaños, alturas, colores, características genéricas, propósito).
2.4. En caso de incumplimiento de los equipos de protección personal con los requisitos de la documentación reglamentaria y técnica, se redacta un acta y se preparan propuestas para presentar reclamos en la forma prescrita al proveedor, quien debe enviar al cliente overoles reparables, zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal para reemplazar los rechazados.
2.5. Los tipos de overoles y zapatos de seguridad desgastados después de la caducidad de sus calcetines no pueden aceptarse para su uso como materias primas secundarias, deben destruirse de la manera prescrita.
2.6. La expedición de los equipos de protección personal debe realizarse con estricto apego a las normas establecidas por la Industria para la expedición gratuita de overoles, calzados especiales y otros equipos de protección personal y se formaliza mediante el ingreso en una tarjeta personal (formulario normalizado interdepartamental N MB-6 ), aprobado por la Oficina Central de Estadística de la URSS el 25 de diciembre de 1978 N 1148.
2.7. Para la selección de equipos de protección personal, el número requerido se coloca en la sala para la selección de overoles.
Los overoles planchados (por separado para hombres y mujeres) con una indicación de tamaño y altura se cuelgan en soportes con perchas.
Los soportes deben estar ubicados de tal manera y en tal cantidad que proporcionen una demostración separada de overoles de verano e invierno para propósitos generales y especiales (por ejemplo, a prueba de polvo, para protección contra daños mecánicos, agua, etc.).
Los zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal se colocan en estantes-estanterías por tipo y propósito.
2.8. Después de seleccionar la ropa de trabajo, los trabajadores se la prueban en el probador.
Si es necesario, la colocación de overoles se organiza de acuerdo con la altura y la figura de la persona que trabaja en una habitación separada para colocar y reparar overoles, que debe contener: una máquina de coser, una plancha eléctrica, una máquina de planchar especial, un juego de telas y materiales para reparar, hilos, agujas, etc.
2.9. Al emitir monos seleccionados, el cuello o cuello de la chaqueta y el forro del cinturón de los pantalones están estampados con pintura indeleble por la institución y la unidad estructural.
2.10. Los overoles y zapatos de seguridad abrigados deben entregarse a los trabajadores y empleados con el inicio de la estación fría, y con el inicio de la estación cálida deben ser aceptados por el "Punto EPP" para el almacenamiento organizado para el próximo año. La administración junto con el comité sindical establece el tiempo para usar monos abrigados y zapatos de seguridad, teniendo en cuenta la producción local y las condiciones climáticas.
3. Almacenamiento de equipo de protección personal
3.1. Los overoles, calzado y otros equipos de protección personal recibidos del proveedor deben almacenarse en una sala de almacenamiento para overoles, calzado y otros equipos de protección personal.
La habitación debe estar seca, climatizada, con ventilación natural, proporcionando un único cambio de aire por hora.
El local para guardar monos de telas cauchutadas y zapatos de goma debe estar oscurecido, con una temperatura del aire de +5o a +20o C y una humedad relativa del 50-70%.
3.3. El almacenamiento de equipos de protección personal se puede realizar en bastidores, soportes, en cajas, clasificados por tipo, altura y propiedades protectoras.
3.4. Los cinturones de seguridad deben almacenarse colgados o dispuestos en bastidores.
3.5. Se recomienda que los productos de piel (abrigos de piel de oveja, abrigos de piel de oveja, etc.) se almacenen en estantes doblados con la parte delantera hacia adentro por la mitad a lo largo.
Al almacenar productos de piel y lana, es necesario utilizar algún tipo de preparación anti-molienda, empacados en bolsas de algodón, que se colocan entre los productos.
3.6. Los overoles hechos de telas cauchutadas y los zapatos de goma deben almacenarse a una distancia de al menos 1 metro de los sistemas de calefacción.
3.7. Los zapatos de seguridad (botas, botas, pantuflas) deben apilarse en estantes en pares (botas con la parte superior enderezada).
3.8. Los zapatos Valyan se apilan en plataformas de madera en pilas de no más de 1,5 metros de altura.
3.9. El equipo de protección personal (cascos, gafas, máscaras antigás, respiradores, etc.) se puede almacenar en estantes tanto en forma de artículos individuales como empacados en cajas, bolsas, paquetes.
3.10. El almacenamiento de los overoles tomados de los trabajadores empleados en trabajos con sustancias nocivas para la salud (plomo, sus aleaciones y compuestos, mercurio, gasolina con plomo, sustancias radiactivas, etc.) deberá realizarse de conformidad con las instrucciones e instrucciones de las autoridades de supervisión sanitaria. . del 24 de mayo de 1983 N 100/P-9.
1.2. La comisión de control de calidad de overoles, calzados especiales y otros equipos de protección personal que llegan a la empresa es aprobada por decisión conjunta de la administración y el comité sindical de la empresa.
Se recomienda que la Comisión incluya representantes de la administración (jefes de los servicios de protección laboral, logística, contabilidad, empleados de otros servicios, un especialista en productos básicos) y el comité sindical de la empresa (vicepresidente del comité sindical o presidente de la la comisión de protección del trabajo). El número de miembros de la Comisión se establece en función de la cantidad de equipos de protección personal recibidos por la empresa, pero no menos de tres personas.
Si es necesario, los especialistas de los servicios pertinentes de organizaciones de terceros pueden participar en el trabajo de la Comisión.
1.3. La principal tarea de la Comisión es prevenir el uso de equipo de protección personal en la empresa que no corresponda a la solicitud de la gama, modelos, tamaños, alturas, colores, características genéricas y otros. indicadores de calidad establecido por las normas, especificaciones y otra documentación reglamentaria y técnica pertinente (Apéndice 1).
También son funciones de la Comisión el establecimiento de plazos para el uso de equipos de protección personal que hayan estado en uso y hayan sido objeto de un tratamiento preventivo y reparación adecuado.
1.4. La Comisión verifica la calidad del equipo de protección personal a medida que llega al almacén de la empresa, pero a más tardar 10 días después de la fecha de recepción.
1.5. Para verificar la calidad del equipo de protección personal en el almacén de la empresa, se debe asignar una sala con un lugar de trabajo equipado con una mesa, herramientas de medición, dispositivos y dispositivos de control necesarios, documentación reglamentaria y técnica, catálogos, libros de referencia sobre equipos de protección personal. y otros manuales, un diario para registrar los resultados de las inspecciones (Anexo 2).
2. El procedimiento para verificar la calidad del equipo de protección personal.
2.1. Cada lote de equipo de protección personal recibido por la empresa deberá ser sometido a una inspección externa de la comisión y verificación del cumplimiento del surtido declarado en cuanto a modelos, tamaños, alturas, colores, características genéricas y destino.
2.2. Los equipos de protección personal recibidos por la empresa deben estar sujetos a control selectivo, pero no menor al 10% del lote recibido, para el cumplimiento de las principales características de los productos con los indicadores establecidos para ellos por las normas, especificaciones y demás normas reglamentarias y técnicas. documentación.
2.3. Cada paquete (lote) de PPE debe verificarse para verificar la presencia de datos de marcado estándar, incluidas las propiedades protectoras.
2.4. Todos los artículos de ropa de trabajo, además de la etiqueta, deben estar estampados con la imagen de la marca registrada, los nombres de la ubicación del fabricante, las designaciones de las propiedades protectoras. En productos completos (por ejemplo, una chaqueta con pantalón), las designaciones se colocan en cada producto incluido en el kit.
2.5. La calidad de los EPI recibidos debe comprobarse según los principales indicadores, de acuerdo con la documentación técnica y reglamentaria vigente.
2.5.1. Para monos:
etiquetado correcto;
Cumplimiento de las dimensiones del producto, la simetría de las formas y disposición de las partes pareadas;
Calidad de líneas, costuras;
Procesamiento correcto de sujetadores, clips de papel;
Uniformidad del suelo de lana.
2.5.2. Para calzado de seguridad:
etiquetado correcto;
Cumplimiento y calidad de los materiales y accesorios utilizados;
Cumplimiento de dimensiones lineales;
Emparejamiento de zapatos en tamaño, forma, color;
La calidad de la sujeción de las piezas del calzado;
La calidad de las partes internas (espaldas, dedos de los pies);
La calidad de la fijación del forro (presencia de pliegues sin alisar en el interior del zapato, revestimiento del forro).
2.5.3. Para guantes:
etiquetado correcto;
Cumplimiento de los materiales utilizados;
Cumplimiento de las dimensiones del producto;
Calidad de líneas, costuras.
2.5.4. Para protección respiratoria<*>:
Integridad de la entrega (disponibilidad de un pasaporte, instrucciones de uso), embalaje correcto, surtido de tamaños de las partes frontales de las máscaras antigás;
La presencia de deformaciones y daños mecánicos en las partes delanteras, tubos de conexión, filtrado y otros elementos, la integridad de los cristales de las gafas, la presencia de válvulas de inhalación y exhalación;
Cumplimiento del marcado de los elementos filtrantes del EPI especificado en la solicitud y el tiempo de almacenamiento garantizado.
2.5.5. Para la protección de los ojos y la cara:
Integridad del marcado de EPI (disponibilidad de un pasaporte, instrucciones de funcionamiento);
El estado externo de los EPP, anteojos y mirillas (ausencia de bordes afilados, conchas, grietas, pandeo, astillas y otros defectos);
La fuerza de la fijación de gafas y mirillas;
La capacidad de reemplazar anteojos y mirillas sin el uso de herramientas especiales.
2.5.6. Para protección de la cabeza (cascos):
Integridad de la entrega de productos (presencia de pasamontañas, capa, instrucciones de uso);
Presencia y exactitud del etiquetado ( marca comercial fabricante, número de documentación reglamentaria y técnica, fecha de fabricación, talla del casco);
Aspecto de la caja y del equipamiento interno (ausencia de grietas, hinchazones y bordes afilados, presencia de un revestimiento de cuero en la parte frontal de la cinta portadora);
Fiabilidad y solidez de la fijación de la cinta transportadora y barboquejo de tamaño.
2.5.7. Para cinturones de seguridad:
La presencia de marcas, pasaportes e instrucciones de funcionamiento (las marcas deben incluir: la marca comercial del fabricante, el número de cinturón, el sello de control de calidad y la fecha de fabricación);
El estado externo de los elementos del cinturón de seguridad (ausencia en partes de tela: rasgaduras, violaciones de la integridad de las costuras, roturas en telas en los lugares de instalación de remaches; en partes metálicas: grietas, conchas, rebabas y violaciones de la revestimiento anticorrosión);
Fiabilidad de la hebilla y el mosquetón (el cinturón debe desabrocharse y abrocharse sin dificultad, el mosquetón debe abrirse con una sola mano después de presionar el dispositivo de seguridad).
<*>Los juegos de máscaras de gas se seleccionan de las cajas seleccionadas: 1% del lote, al menos 10 piezas.
Para la aceptación de equipos de protección respiratoria personal, la comisión de aceptación (cláusula 1.2.) puede incluir empleados de equipos paramilitares de rescate con gas, unidades paramilitares de rescate de montaña y otros servicios similares.
2.6. En caso de incumplimiento de los equipos de protección personal con los requisitos de la documentación reglamentaria y técnica. La comisión elabora un acta sobre los mismos (Anexo 3) sobre la cantidad y calidad reales de los productos recibidos (de conformidad con el apartado 29 de la Instrucción sobre el procedimiento de aceptación de productos para fines industriales y bienes de consumo en términos de calidad, aprobada por la Resolución del Tribunal de Arbitraje del Estado bajo el Consejo de Ministros de la URSS del 25/04/66 d. N P-7) y prepara propuestas para presentar quejas a proveedores en la forma prescrita con el uso de medidas de propiedad para el suministro de equipo de protección personal de baja calidad o violación de las obligaciones contractuales.
APROBAR.................................. "...."......... .. .......198... ACTO sobre la aceptación de artículos de inventario en términos de cantidad y calidad "........" .............................. ...... 198 .... 1. Lugar de redacción del acta, fecha .............................. (almacén, salón-taller) 2. Comisión integrado por: presidente de la comisión ............... miembros de la comisión ....................... . ... con la participación de un representante .............................................* (cargo, apellido, y., o.) aceptado .. (nombre de los bienes) recibidos ............................... .... ..................... (Nombre del proveedor) ..................... .... ............................................... .... 3. Fabricante....... .................................... ..... 4. Los miembros de la Comisión están familiarizados con las Instrucciones sobre el orden de aceptación de los productos en términos de calidad y cantidad 5. La calidad de los bienes fue verificada de acuerdo con la NTD ........ .......................................... ........ ........................................ (GOST, OST, TU, etc.) 6. La comisión identificó desviaciones de la NTD, (GOST, OST, TU, TO, etc.) ........................... ..... ............................................. .. ........... ..................................... ............ .... ............................................. . .................. ............................. ... .............................. ................ .... ............................................. . .... ............................................. ..... ......... ................................... ...... .................................................... ....... .................................................. .... ...... ........................................ ......... ......... 7. Conclusión de la comisión .......................... ..... ..... ........................................ ..... .................. ......................... ..... ................................... .......... ..... ............................................. .... ............................................... ... ............... 8. Documentos anexos al acto ......................... ...... .... ........................................ ..... ................... .......................... ... .................................. Vista previa dador de la comisión....................... Miembros de la comisión.................... ... ....... ............................................. ............................................. ............................................. .............................................
PROGRAMA DE FORMACIÓN PARA ESPECIALISTAS EN LA PROVISIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL A TRABAJADORES Y EMPLEADOS
Con fines de formación o formación avanzada, plan aproximado clases de especialistas involucrados en la provisión y operación de overoles, calzado y otros equipos de protección personal de acuerdo con un programa de 20 horas.
Para realizar clases en el marco del programa, deben participar especialistas en las industrias de la confección, el cuero y el calzado, trabajadores de logística de la URSS Glavsnab, empleados de institutos de investigación y oficinas de diseño involucrados en el desarrollo de equipos de protección personal, etc.
La asimilación del material cubierto por el programa de formación se evalúa mediante la aprobación de un examen, ensayo o entrevista.
Apéndice No. 7
a la orden del Ministerio
cuidado de la salud de la URSS
de 29 de enero de 1988 N 65
LISTA DE ÓRDENES Y OTROS DOCUMENTOS REGLAMENTARIOS ANULADOS
I. Órdenes del Ministro de Salud de la URSS
1. N° 187 del 18 de abril de 1962 (Anexo 2) "Normas para la distribución gratuita de ropa sanitaria, calzado sanitario y dispositivos de seguridad a los empleados de instituciones y empresas de salud".
II. Órdenes del Ministerio de Salud de la URSS
1. N° 910 del 10 de noviembre de 1972 "Sobre adiciones y modificaciones a las normas para la distribución gratuita de overoles, calzados y dispositivos de seguridad a los empleados de las instituciones, empresas y organismos del sistema de salud".
2. 10 de octubre de 1983 N 1181 "Sobre la introducción de normas para la entrega gratuita de overoles, zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal".
tercero Cartas directivas del Ministerio de Salud de la URSS
1. N° 01-6/20-16 del 22 de enero de 1980 sobre la entrega gratuita de calzado preventivo a las enfermeras de los hospitales quirúrgicos.
2. N° 06-14/1 de 14 de enero de 1987 “Sobre reformas, adiciones y aclaraciones de redacción a las Normas modelo de industria para la libre expedición de overoles, calzados especiales y demás equipos de protección personal”.
La indumentaria especial, el calzado especial y los demás equipos de protección personal se entregan a los trabajadores y empleados de acuerdo con las normas y condiciones de uso establecidas, independientemente del sector de la economía nacional en el que se ubiquen dichas industrias, talleres, secciones y tipos de trabajo.
1.3. Trabajadores y empleados cuyas profesiones y puestos están previstos en las Normas Modelo para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal a los trabajadores y empleados de profesiones y puestos transversales en todos los sectores de la economía nacional e industrias individuales , ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal se expiden independientemente de las industrias, talleres y secciones en las que trabajen, a menos que estas profesiones y puestos estén específicamente previstos en las Normas Industriales Uniformes correspondientes.
1.4. Los nombres de las profesiones de los trabajadores y los puestos de los trabajadores y empleados de ingeniería y técnicos, previstos en las Normas Modelo de la Industria para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal a los trabajadores y empleados, se indican de conformidad con el Libro de Referencia Unificado de Tarifas y Cualificaciones de Trabajos y Profesiones de los Trabajadores, el Libro de Referencia de Cualificaciones de Ocupaciones de los trabajadores, trabajadores de comunicaciones y personal subalterno de servicios que no estén incluidos en el Manual Unificado de Tarifas y Cualificaciones de Trabajos y Profesiones de los Trabajadores a los que se les fijen salarios mensuales, el Manual de Cualificación de puestos de trabajo y otros actos reglamentarios.
1.5. De conformidad con el párrafo 3 de la resolución del Consejo del Ministro de la URSS del 11 de junio de 1959 N 629<*>Los Consejos de Ministros de las repúblicas y ministerios de la Unión pueden realizar cambios y adiciones a las normas establecidas para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal para trabajadores y empleados, teniendo en cuenta la producción local y las condiciones climáticas. y departamentos de la URSS de acuerdo con el Comité Estatal del Consejo de Ministros de la URSS sobre cuestiones laborales y salarios<**>y el Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión.
Las propuestas de armonización de reformas y adiciones a dichas normas deberán acompañarse de:
Justificación de la necesidad de introducir ciertos cambios y adiciones a las normas, desarrolladas con la participación de instituciones de investigación relevantes;
Datos sobre el número de empleados respecto de los cuales se plantea la cuestión de introducir modificaciones y adiciones a las normas, así como sobre los fondos materiales y necesarios para estos fines.
1.6. Jefes de empresas, instituciones, organizaciones.<***>en algunos casos, de acuerdo con las características de la producción, pueden, de acuerdo con el comité sindical y el inspector técnico del trabajo, reemplazar: un traje de algodón con un traje de algodón o una bata y viceversa, un traje de algodón con un mono de algodón con camisa (blusa) o vestido de verano con blusa y viceversa, traje de tela con traje de algodón con impregnación ignífuga o resistente a los ácidos y viceversa, traje de tela con traje de algodón con impregnación ignífuga impregnación retardante o repelente al agua, botas de cuero (medias botas) con botas de goma y viceversa, botas de cuero (medias botas) con botas de lona y viceversa, botas de fieltro con botas de lona.
Cualquier otro reemplazo de algunos tipos de monos y calzado especial por otros solo puede llevarse a cabo en la forma establecida por el párrafo 3 de la resolución del Consejo de Ministros de la URSS del 11 de junio de 1959 N 629.
1.7. En los casos en que el equipo de protección personal como cinturón de seguridad, chanclos y guantes dieléctricos, tapete de caucho dieléctrico, gafas protectoras y protectores, respirador, máscara antigás, casco protector, pasamontañas, mosquiteros, casco, hombreras, coderas, salvavidas, antífonas, tapones, cascos protectores de ruido, filtros de luz, guantes protectores de vibraciones y otros no especificados en las Normas Modelo de la Industria o en las normas de la industria correspondiente, pueden ser entregados a los trabajadores y empleados por los jefes de empresas de acuerdo con el comité sindical, según la naturaleza y las condiciones del trabajo que realizan durante un período de desgaste - hasta el desgaste o como "en servicio".
<*>SP URSS, 1959, N° 13, art. 78.
<**>De conformidad con la Ley sobre el Consejo de Ministros de la URSS del 5 de julio de 1978, pasó a llamarse Comité Estatal de la URSS sobre Asuntos Laborales y Sociales (Vedomosti del Consejo Supremo de la URSS, 1978 N 28, artículo 436) .
<***>En lo sucesivo denominadas empresas.
2. El procedimiento de tramitación de las solicitudes de obtención de ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección individual, su aceptación y almacenamiento.2.1. La provisión de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal a las empresas debe realizarse sobre la base de solicitudes para estos fines compiladas anualmente y enviadas a las autoridades logísticas u otras organizaciones relevantes.<*>.
La elaboración de las solicitudes deberá realizarse teniendo en cuenta el número de trabajadores y empleados por profesiones y cargos previstos en las Normas Modelo de la Industria para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal a los trabajadores y empleados o en las correspondientes estándares de la industria.
En las solicitudes, la administración de la empresa deberá proveer ropa especial y calzado especial para hombres y mujeres, indicando el nombre de ropa especial, calzado especial, GOST, OST, especificaciones, modelos, impregnaciones protectoras, colores de tela, tallas, alturas y para cascos y cinturones de seguridad - tallas.
Las autoridades logísticas verifican la corrección de las solicitudes presentadas por las empresas y su cumplimiento con los Estándares de la Industria Modelo vigentes para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal para trabajadores y empleados y el número de empleados por profesión y puesto.
2.2. La aceptación de cada lote de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal recibidos en el almacén de la empresa debe ser realizada por una comisión de representantes de la administración y el comité sindical, que redacta un acta sobre la calidad de la entrada. ropa, calzado y equipos de protección personal, su cumplimiento de los requisitos de GOST, OST y especificaciones técnicas, así como las solicitudes enviadas a los departamentos territoriales de logística u otras organizaciones relevantes. La composición de esta comisión se aprueba por decisión conjunta de la administración y el comité sindical.
2.3. La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal que no cumplan con los requisitos de GOST, OST y condiciones técnicas están sujetos a devolución con la presentación de las quejas correspondientes en la forma prescrita al proveedor, quien debe enviar al cliente para reemplazar el rechazado ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal adecuados para su uso.
2.4. Los jefes de empresas, si es necesario, pueden involucrar a especialistas relevantes en la comisión para la aceptación de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal para determinar la calidad e idoneidad de estos equipos de protección personal.
2.5. En prendas especiales aceptadas de proveedores, se estampa (emblema) una de las partes (bolsillo del pecho, manga, espalda, etc.) con una pintura indeleble de color contrastante con la imagen del logo de la empresa y la inscripción del nombre abreviado de la empresa. El tamaño del sello (emblema) debe ser de al menos 8 cm x 8 cm (u 8 cm de diámetro).
En el cuello, el cuello de la chaqueta y el forro del cinturón de los pantalones, con pintura indeleble, se coloca una marca: el número de personal del trabajador.
2.6. La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal que lleguen a los almacenes de la empresa deben almacenarse en cuartos secos separados, aislados de cualquier otro artículo y material, clasificados por tipo, altura y propiedades protectoras.
2.7. La ropa especial hecha de telas cauchutadas y los zapatos de goma deben almacenarse en habitaciones oscuras a una temperatura de +5o a +20o C con una humedad relativa de 50-70% a una distancia de al menos un metro de los sistemas de calefacción.
Los cinturones de seguridad deben almacenarse colgados o dispuestos en bastidores.
2.8. La ropa especial abrigada y el calzado especial aceptados para el almacenamiento deben desinfectarse, limpiarse a fondo de suciedad y polvo, secarse, repararse e inspeccionarse periódicamente durante el almacenamiento.
2.9. El almacenamiento de ropa especial para trabajadores empleados en trabajos con sustancias nocivas para la salud (plomo, sus aleaciones y compuestos, mercurio, gasolina con plomo, sustancias radiactivas, etc.) deberá realizarse de conformidad con las instrucciones e instrucciones de las autoridades de supervisión sanitaria.
<*>La forma, el procedimiento y los plazos para la presentación de solicitudes los establece la URSS Gossnab y otros organismos que suministran a las empresas equipos de protección personal.
3. El procedimiento para la expedición de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal.3.1. La ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal que se entreguen a los trabajadores y empleados deberán ajustarse a la naturaleza y condiciones de su trabajo y garantizar la seguridad laboral.
3.2. La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal entregados a los trabajadores y empleados se consideran propiedad de la empresa y están sujetos a devolución obligatoria: al momento del despido, cuando se transfiere a otro puesto de trabajo en la misma empresa para la cual se requiere ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal no están previstos por las normas, así como al final del período de uso a cambio de nueva ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal.
3.3. No se permite la emisión de ropa especial y calzado especial a cambio de materiales para su fabricación o dinero para su compra.
En casos excepcionales, al emitir ropa especial y calzado especial a tiempo y adquirirlos en relación con esto por parte de los propios empleados, la administración de la empresa está obligada a reembolsar a los empleados los costos de adquisición de ropa especial y calzado especial a precios minoristas estatales. y acreditar la ropa especial y el calzado especial como inventario de la empresa.
3.4. La empresa está obligada a reponer o reparar la ropa especial y el calzado especial que hayan quedado inservibles antes del vencimiento del período de uso establecido por causas ajenas al trabajador o empleado.
Tal reemplazo se lleva a cabo sobre la base de un acto apropiado redactado por la administración con la participación de un representante del comité sindical.
3.5. En caso de pérdida o daño de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal en los lugares designados para su almacenamiento, por razones fuera del control de los trabajadores y empleados, la administración de la empresa está obligada a proporcionarles otra ropa especial útil. , calzado especial y otros equipos de protección personal.
3.6. La ropa especial usada, el calzado especial y otros equipos de protección personal pueden entregarse a otros trabajadores y empleados solo después del lavado, limpieza en seco, desinfección y reparación. El período de uso está determinado por la comisión prevista en la cláusula 2.2. de esta Instrucción, en función del grado de deterioro del equipo de protección individual especificado.
3.7. La ropa especial de trabajo, el calzado especial y otros equipos de protección personal para uso colectivo deben estar en la despensa de un taller o sección y entregarse a los trabajadores y empleados solo por la duración del trabajo para el cual se proporcionan o se pueden asignar a ciertos trabajos (por ejemplo, abrigos de piel de oveja para puestos al aire libre, guantes dieléctricos en instalaciones eléctricas, etc.) y ser transferidos de un turno a otro. En estos casos, la entrega de ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal se realiza bajo la responsabilidad de los capataces y demás personas del personal administrativo y técnico.
Las condiciones para el uso de ropa especial de trabajo, calzado especial y demás equipos de protección personal en cada caso, según la naturaleza del trabajo y las condiciones de trabajo de los trabajadores y empleados, son establecidas por la administración de la empresa en acuerdo con el comité sindical.
Al mismo tiempo, los períodos de uso de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal en servicio no deben ser más cortos que los períodos de uso de los mismos tipos de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal emitidos para uso individual de conformidad con con los Estándares de la Industria Modelo o los estándares de la industria relevantes.
3.8. Proporcionados por las Normas Modelo de la Industria o las normas industriales pertinentes, ropa especial de abrigo y calzado especial (trajes de algodón con forro aislante, chaquetas de algodón con forro aislante, pantalones de algodón con forro aislante, chaquetas para protección contra bajas temperaturas, trajes de piel, abrigos de piel de oveja, abrigos de piel de oveja, botas de fieltro, sombreros, orejeras, mitones de piel, etc.) se entregan a los trabajadores y empleados con el inicio de la estación fría y con el inicio del clima cálido deben entregarse a la empresa para su almacenamiento organizado hasta el siguiente temporada. La administración de la empresa junto con el comité sindical establece el tiempo para usar ropa especial de abrigo y calzado especial, teniendo en cuenta la producción local y las condiciones climáticas.
3.9. Al final del uso de ropa especial de abrigo y calzado especial, su aceptación para el almacenamiento a fin de evitar la despersonalización en la obtención de esta ropa y calzado debe realizarse de acuerdo con la lista nominal. Después del almacenamiento, la ropa de abrigo y el calzado especial deben ser devueltos a aquellos trabajadores y empleados a quienes se les quitó para su almacenamiento.
3.10. Estudiantes de curso, formas de educación grupales e individuales, estudiantes de escuelas secundarias vocacionales, escuelas vocacionales, escuelas técnicas, escuelas de educación general, instituciones educativas secundarias especializadas y estudiantes de instituciones educativas superiores durante la duración de la práctica industrial (formación industrial), instructores de métodos de trabajo avanzados, así como trabajadores y empleados que realicen trabajos de manera temporal en profesiones y puestos para los cuales las Normas Modelo de la Industria vigentes o las normas de la industria pertinentes proporcionan vestimenta especial, calzado especial y otros equipos de protección personal, durante la duración de este trabajo, la ropa especial, el calzado especial y otros medios de protección personal se expidan de conformidad con las Normas Modelo de la Industria vigentes o las normas de la industria pertinentes en la forma establecida para todos los trabajadores y empleados.
3.11. A los brigadistas, capataces que desempeñan las funciones de capataces, ayudantes y trabajadores auxiliares, cuyas profesiones están previstas en las normas de la industria modelo para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal o en las normas de la industria, se les entrega la misma ropa especial , calzado especial y demás equipos de protección personal, como trabajadores de las profesiones correspondientes.
3.12. La ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal para trabajadores y empleados (incluidos los trabajadores técnicos y de ingeniería) previstos en las Normas Modelo de la Industria o las normas industriales pertinentes deben entregarse a los trabajadores y empleados especificados, incluso si tienen más antigüedad en su cargo. (ingeniero superior, mecánico superior, capataz superior, etc.) y se realizan directamente aquellos trabajos que dan derecho a recibir esta ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal.
3.13. Los trabajadores que combinen profesiones o realicen constantemente trabajos combinados, incluso en equipos integrados, además de los equipos de protección individual que se les entreguen en la profesión principal, según el trabajo que realicen, deberán disponer adicionalmente de otros tipos de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal, previstos por las normas vigentes para una profesión combinada con los mismos períodos de uso. En estos casos, los overoles, zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal adicionales deben entregarse como "de servicio".
3.14. La entrega a los trabajadores y empleados y la entrega por parte de ellos de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal debe registrarse en una tarjeta personal aprobada por la Oficina Central de Estadística de la URSS el 25 de diciembre de 1978 N 1148 (formulario interdepartamental estándar N MB- 6).
3.15. La administración de la empresa está obligada a organizar la contabilidad y el control adecuados sobre la entrega de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal a los trabajadores y empleados de manera oportuna.
4. El procedimiento para el uso de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal.4.1. Durante el trabajo, los trabajadores y empleados deben usar la ropa especial que se les entregó, calzado especial y otros equipos de protección personal. La administración de la empresa está obligada a garantizar que los trabajadores y empleados durante el trabajo realmente usen la ropa especial, el calzado especial y otros equipos de protección personal que se les proporcionen, y no permitan que los trabajadores y empleados trabajen sin ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal. equipos instalados, así como en monos y calzados especiales defectuosos, sin reparar, contaminados o con equipos de protección personal defectuosos.
4.2. Los trabajadores y empleados están obligados a cuidar la ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal expedidos para su uso, informar oportunamente a la administración de la empresa sobre la necesidad de limpieza en seco, lavado, secado, reparación, desgasificación, descontaminación, desinfección, neutralización y desempolvado de ropa especial, así como secado, reparación, descontaminación, descontaminación, desinfección, neutralización de calzado especial y otros equipos de protección personal.
4.3. Los plazos para el uso de ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal se establecen en base al calendario y se computan desde el día en que son efectivamente entregados a los trabajadores y empleados.
4.4. La ropa especial y los zapatos especiales devueltos por los trabajadores y empleados después de la expiración del período de uso, pero aún aptos para su uso, deben repararse y usarse para el propósito previsto, y no aptos para el uso: cancelados y utilizados para reparar ropa especial y especial. zapatos que están en operación, así como para necesidades de producción o entregados para su procesamiento como materia prima secundaria.
En los casos en que ciertos tipos de ropa especial y calzado especial no puedan aceptarse para su uso como materias primas secundarias después de la expiración de su período de uso, deben destruirse de la manera prescrita.
4.5. La administración de la empresa, al desarrollar equipos de protección personal para trabajadores y empleados tales como respiradores, máscaras antigás, autorrescatadores, cinturones de seguridad, mosquiteros, cascos y algunos otros, deberá instruir a los trabajadores y empleados sobre las reglas de uso y las formas más sencillas formas de comprobar la capacidad de servicio de estos fondos, así como formación sobre su aplicación.
4.6. La administración de la empresa está obligada a asegurar periódicamente, de acuerdo con los plazos establecidos, la prueba y verificación de la operatividad de los equipos de protección personal (respiradores, máscaras antigás, autorrescatadores, cinturones de seguridad, mosquiteros, cascos, etc.), así como así como el reemplazo oportuno de filtros, vidrios y otras partes con propiedades protectoras reducidas. Después de la verificación, se debe hacer una marca (sello, sello) en los términos de la prueba posterior en el equipo de protección personal.
4.7. Está prohibido que los trabajadores y empleados saquen ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal fuera de la empresa al final del trabajo.
4.8. Para el almacenamiento de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal entregado a los trabajadores y empleados, la administración de la empresa está obligada a proporcionar habitaciones especialmente equipadas (vestidores) de acuerdo con los requisitos de las normas sanitarias.
4.9. En algunos casos, donde, bajo las condiciones de trabajo, no se puede establecer el procedimiento especificado para almacenar ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal (por ejemplo, en sitios de tala, en exploración geológica), pueden permanecer con los trabajadores y empleados. fuera del horario laboral, lo que deberá estar previsto en la normativa laboral interna sectorial o en los convenios colectivos.
La responsabilidad por la seguridad de la ropa especial, calzado especial y demás equipos de protección personal en estos casos es de los propios trabajadores y empleados.
5. Cuidado de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal5.1. La administración de la empresa está obligada a organizar el cuidado adecuado del equipo de protección personal. Realizar oportunamente limpieza en seco, lavado, reparación, desgasificación, descontaminación, neutralización y desempolvado de ropa especial, así como reparación, desgasificación, descontaminación y neutralización de calzado especial y demás equipos de protección personal.
5.2. En los casos en que lo requieran las condiciones de producción en la empresa (en talleres, en sitios), secadores de ropa especial y calzado especial, cámaras para desempolvar ropa especial e instalaciones para desgasificar, desactivar y neutralizar ropa especial, calzado especial y otros significa protección personal.
5.4. La limpieza en seco, el lavado, la reparación, la descontaminación, la descontaminación y el desempolvado de la ropa especial, así como la reparación, descontaminación, descontaminación y descontaminación del calzado especial y otros equipos de protección personal deberían ser realizados por las empresas en un momento en que los trabajadores y empleados estén no ocupado en el trabajo (los fines de semana) o durante los descansos de turno.
5.5. Si las normas prevén la entrega de dos o tres juegos de ropa especial y calzado especial para trabajadores y empleados (por ejemplo, cuando se trabaja con sustancias radiactivas), limpieza en seco, lavado, reparación, desgasificación, descontaminación, neutralización y eliminación de polvo de especial ropa, así como la reparación, desgasificación, descontaminación y neutralización de calzado especial y otros equipos de protección personal también se pueden realizar en otros momentos, y los trabajadores y empleados reciben juegos de reemplazo para este momento.
5.6. En los casos de contaminación de la ropa especial o de necesidad de repararla antes de la fecha límite, la limpieza en seco, el lavado y la reparación deberán realizarse antes de lo previsto. Si es necesario, el calzado especial y otros equipos de protección personal deben repararse antes de lo previsto.
5.7. Durante la limpieza en seco, descontaminación, descontaminación y neutralización de ropa especial, se deben preservar sus propiedades protectoras.
No está permitido entregar ropa especial a los trabajadores y empleados después de la limpieza en seco, lavado, desgasificación, descontaminación, neutralización y desempolvado en forma defectuosa.
5.8. La limpieza en seco, lavado, reparación, desgasificación, descontaminación, descontaminación y desempolvado de ropa especial para trabajadores y empleados que realicen trabajos con sustancias nocivas para la salud (plomo, sus aleaciones y compuestos, mercurio, gasolina con plomo, sustancias radiactivas, etc.) realizarse de acuerdo con las indicaciones e indicaciones de las autoridades sanitarias.
5.9. En los casos de enfermedad infecciosa de un trabajador o empleado, la ropa especial, el calzado especial y demás equipos de protección personal que utilice, y la habitación en la que se almacenaron, deberán ser desinfectados por estaciones de desinfección o departamentos de desinfección de estaciones sanitarias y epidemiológicas.
5.10. Los zapatos especiales deben limpiarse y engrasarse periódicamente, para lo cual los trabajadores y empleados deben contar con las condiciones adecuadas (lugares para la limpieza de zapatos, cepillos, ungüentos, etc.).
6. Otras cuestiones relacionadas con el procedimiento de almacenamiento, expedición y uso de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal6.1. Los conflictos laborales relacionados con la entrega y el uso de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal son examinados por las comisiones de conflictos laborales.
6.2. Las cuestiones de responsabilidad material de los trabajadores y empleados por los daños causados a la empresa en relación con la pérdida o daño por negligencia de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal o en otros casos (robo o daño deliberado de estos productos) están regulados por la legislación vigente.
6.3. La responsabilidad de la provisión oportuna de ropa especial, calzado especial y otro equipo de protección personal a los trabajadores y empleados y de la implementación de esta instrucción recae en el jefe de la empresa.
6.4. El control sobre la implementación por parte de la administración de la empresa de esta instrucción se asigna a los comités sindicales.
ACORDADO:
Comité Central del Sindicato de Trabajadores Médicos
Anexo No. 6
a la orden del Ministerio
cuidado de la salud de la URSS
de 29 de diciembre de 1988 N 65
Las tareas más importantes de la política social en nuestro país son la protección de la salud de los trabajadores, la provisión de condiciones de trabajo seguras, la eliminación de las enfermedades profesionales y los accidentes laborales.
En el complejo de medidas para garantizar la seguridad laboral y la prevención de enfermedades, los equipos de protección personal juegan un papel importante, que previenen o reducen el impacto de los factores de producción peligrosos y nocivos para una persona. Crece el número de empleados que tienen derecho a recibir overoles, calzado especial y equipos de protección personal gratuitos. Las asignaciones y fondos materiales para estos fines aumentan cada año. Por lo tanto, junto con el tema de la correcta y oportuna dotación al personal sanitario de todos los equipos de protección personal necesarios, es necesario velar por su correcto funcionamiento, almacenamiento, limpieza, etc.
Estas "Recomendaciones metodológicas" se desarrollaron en desarrollo de las "Instrucciones sobre el procedimiento para proporcionar a los trabajadores y empleados ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal", aprobado por el Decreto del Comité Estatal de Trabajo de la URSS y el Presidium de Todos -Sindicato Consejo Central de Sindicatos de 24 de mayo de 1983 N 100/P-9.
A los efectos de la capacitación, capacitación avanzada de los trabajadores involucrados en la provisión y operación de overoles, zapatos de seguridad y equipos de protección personal, estas recomendaciones establecen un "Programa de capacitación para especialistas involucrados en la provisión de equipos de protección personal para trabajadores y empleados".
REGLAMENTO SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE PUNTOS ESPECIALIZADOS PARA LA EMISIÓN, ALMACENAMIENTO Y OPERACIÓN DE MONOS, CALZADOS Y DEMÁS EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EN INSTITUCIONES, EMPRESAS Y ORGANIZACIONES DE ATENCIÓN A LA SALUD 1. Disposiciones generales1.1. Este Reglamento establece el procedimiento para la organización y operación de puntos especializados para la expedición, almacenamiento y operación de overoles, calzado especial y otros equipos de protección personal en instituciones, empresas y organizaciones de salud (en adelante, “Puntos EPP” por brevedad).
1.2. Los "puntos EPI" están diseñados para proporcionar de forma centralizada a los trabajadores sanitarios equipos de protección individual.
1.3. La estructura de un "Punto PPE" especializado debe incluir:
Almacén de overoles, calzado y equipo de protección personal;
Una sala para la selección de overoles, calzado de seguridad con probador;
Un cuarto para ajuste y reparación de ropa, calzado de seguridad;
servicio de habitaciones
1.4. En el “Punto de EPI” se podrán habilitar salas de lavado y limpieza en seco de monos, y, en su caso, salas e instalaciones de desgasificación, descontaminación y neutralización de monos, calzado especial y otros equipos de protección individual.
1.5. Todos los locales del “Punto EPI” deben estar secos, climatizados, con ventilación natural, proporcionando un único recambio de aire por hora.
1.6. Los estados del "Punto PPE" están determinados por la administración dentro del personal de la institución, empresa, organización, pero no menos de dos empleados: un almacenista senior y un almacenista.
El almacenista principal mantiene todos los registros contables, participa en la preparación de solicitudes, ayuda en la selección del equipo de protección personal necesario.
El encargado de la tienda ajusta la altura de los overoles, los plancha, los empaca, selecciona el calzado especial y otros equipos de protección personal, y es responsable del orden en la habitación.
1.7. Los empleados del "Punto de PPE" de la manera prescrita son capacitados y probados sobre el uso de equipo de protección personal en una determinada institución, empresa, organización y los requisitos básicos para PPE.
1.8. Se debe proporcionar a los empleados del Punto EPI la documentación reglamentaria necesaria (normas de la industria, catálogos, instructivos, GOST, OST, etc.).
1.9. El horario de trabajo del "Punto PPE" se coordina con el horario de trabajo de la institución, empresa, organización, lo que garantiza que los empleados reciban equipos de protección personal con un tiempo mínimo.
1.10. El control sobre el trabajo del Punto PPE se confía al comité sindical y la administración de la institución, empresa, organización.
2. Aceptación y emisión de equipos de protección personal2.1. En el Punto EPI se aceptan equipos de protección individual:
Recién recibido del proveedor;
Usado de trabajo.
2.2. La aceptación de cada lote de overoles, calzado y otros equipos de protección personal recibidos por el Punto de EPI debe ser realizada por la Comisión de la empresa, institución, organización para el control de calidad de los equipos de protección personal, aprobada por una decisión conjunta de la administración y el comité sindical (a continuación se dan recomendaciones sobre la organización del trabajo de la comisión de la empresa, institución, organizaciones para el control de calidad del equipo de protección personal para los trabajadores en la producción).
2.3. Cada lote de equipo de protección personal recibido por la empresa, institución, organización está sujeto a verificación (inspección externa, verificación del cumplimiento del surtido declarado en términos de modelos, tamaños, alturas, colores, características genéricas, propósito).
2.4. En caso de incumplimiento de los equipos de protección personal con los requisitos de la documentación reglamentaria y técnica, se redacta un acta y se preparan propuestas para presentar reclamos en la forma prescrita al proveedor, quien debe enviar al cliente overoles reparables, zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal para reemplazar los rechazados.
2.5. Los tipos de overoles y zapatos de seguridad desgastados después de la caducidad de sus calcetines no pueden aceptarse para su uso como materias primas secundarias, deben destruirse de la manera prescrita.
2.6. La expedición de los equipos de protección personal debe realizarse con estricto apego a las normas establecidas por la Industria para la expedición gratuita de overoles, calzados especiales y otros equipos de protección personal y se formaliza mediante el ingreso en una tarjeta personal (formulario normalizado interdepartamental N MB-6 ), aprobado por la Oficina Central de Estadística de la URSS el 25 de diciembre de 1978 N 1148.
2.7. Para la selección de equipos de protección personal, el número requerido se coloca en la sala para la selección de overoles.
Los overoles planchados (por separado para hombres y mujeres) con una indicación de tamaño y altura se cuelgan en soportes con perchas.
Los soportes deben estar ubicados de tal manera y en tal cantidad que proporcionen una demostración separada de overoles de verano e invierno para propósitos generales y especiales (por ejemplo, a prueba de polvo, para protección contra daños mecánicos, agua, etc.).
Los zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal se colocan en estantes-estanterías por tipo y propósito.
2.8. Después de seleccionar la ropa de trabajo, los trabajadores se la prueban en el probador.
Si es necesario, la colocación de overoles se organiza de acuerdo con la altura y la figura de la persona que trabaja en una habitación separada para colocar y reparar overoles, que debe contener: una máquina de coser, una plancha eléctrica, una máquina de planchar especial, un juego de telas y materiales para reparar, hilos, agujas, etc.
2.9. Al emitir monos seleccionados, el cuello o cuello de la chaqueta y el forro del cinturón de los pantalones están estampados con pintura indeleble por la institución y la unidad estructural.
2.10. Los overoles y zapatos de seguridad abrigados deben entregarse a los trabajadores y empleados con el inicio de la estación fría, y con el inicio de la estación cálida deben ser aceptados por el "Punto EPP" para el almacenamiento organizado para el próximo año. La administración junto con el comité sindical establece el tiempo para usar monos abrigados y zapatos de seguridad, teniendo en cuenta la producción local y las condiciones climáticas.
3. Almacenamiento de equipo de protección personal3.1. Los overoles, calzado y otros equipos de protección personal recibidos del proveedor deben almacenarse en una sala de almacenamiento para overoles, calzado y otros equipos de protección personal.
La habitación debe estar seca, climatizada, con ventilación natural, proporcionando un único cambio de aire por hora.
El local para guardar monos de telas cauchutadas y zapatos de goma debe estar oscurecido, con una temperatura del aire de +5o a +20o C y una humedad relativa del 50-70%.
3.3. El almacenamiento de equipos de protección personal se puede realizar en bastidores, soportes, en cajas, clasificados por tipo, altura y propiedades protectoras.
3.4. Los cinturones de seguridad deben almacenarse colgados o dispuestos en bastidores.
3.5. Se recomienda que los productos de piel (abrigos de piel de oveja, abrigos de piel de oveja, etc.) se almacenen en estantes doblados con la parte delantera hacia adentro por la mitad a lo largo.
Al almacenar productos de piel y lana, es necesario utilizar algún tipo de preparación anti-molienda, empacados en bolsas de algodón, que se colocan entre los productos.
3.6. Los overoles hechos de telas cauchutadas y los zapatos de goma deben almacenarse a una distancia de al menos 1 metro de los sistemas de calefacción.
3.7. Los zapatos de seguridad (botas, botas, pantuflas) deben apilarse en estantes en pares (botas con la parte superior enderezada).
3.8. Los zapatos Valyan se apilan en plataformas de madera en pilas de no más de 1,5 metros de altura.
3.9. El equipo de protección personal (cascos, gafas, máscaras antigás, respiradores, etc.) se puede almacenar en estantes tanto en forma de artículos individuales como empacados en cajas, bolsas, paquetes.
3.10. El almacenamiento de los overoles tomados de los trabajadores empleados en trabajos con sustancias nocivas para la salud (plomo, sus aleaciones y compuestos, mercurio, gasolina con plomo, sustancias radiactivas, etc.) deberá realizarse de conformidad con las instrucciones e instrucciones de las autoridades de supervisión sanitaria. .
3.11. Para asegurar la calidad de los EPI almacenados, es necesario realizar una inspección visual periódica (al menos una vez al trimestre) selectiva (al menos el 10% del total) del estado de los elementos.
RECOMENDACIONES PARA ORGANIZAR EL TRABAJO DE LA COMISIÓN EMPRESAS, INSTITUCIONES, ORGANIZACIONES<*>SOBRE EL CONTROL DE CALIDAD DE LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL DE LOS TRABAJADORES EN LA PRODUCCIÓN<**><*>En lo sucesivo, la "empresa".
<**>Aprobado por el Comité Estatal de Trabajo de la URSS y el Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión del 13 de mayo de 1985 N 1445-MK.
1. Disposiciones generales1.1. Estas Recomendaciones Metodológicas se desarrollaron sobre la base y en desarrollo de la Instrucción sobre el procedimiento para proporcionar a los trabajadores y empleados ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal (EPP), aprobado por el Decreto del Comité Estatal de Trabajo y Seguridad de la URSS. el Presidium del Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión del 24 de mayo de 1983 N 100 / P-9.
1.2. La comisión de control de calidad de overoles, calzados especiales y otros equipos de protección personal que llegan a la empresa es aprobada por decisión conjunta de la administración y el comité sindical de la empresa.
Se recomienda que la Comisión incluya representantes de la administración (jefes de los servicios de protección laboral, logística, contabilidad, empleados de otros servicios, un especialista en productos básicos) y el comité sindical de la empresa (vicepresidente del comité sindical o presidente de la la comisión de protección del trabajo). El número de miembros de la Comisión se establece en función de la cantidad de equipos de protección personal recibidos por la empresa, pero no menos de tres personas.
Si es necesario, los especialistas de los servicios pertinentes de organizaciones de terceros pueden participar en el trabajo de la Comisión.
1.3. La tarea principal de la Comisión es prevenir el uso en la empresa de equipo de protección personal que no corresponda a la solicitud de la gama, modelos, tamaños, alturas, colores, características genéricas y otros indicadores de calidad establecidos por las normas, especificaciones pertinentes , y otra documentación reglamentaria y técnica (Apéndice 1).
También son funciones de la Comisión el establecimiento de plazos para el uso de equipos de protección personal que hayan estado en uso y hayan sido objeto de un tratamiento preventivo y reparación adecuado.
1.4. La Comisión verifica la calidad del equipo de protección personal a medida que llega al almacén de la empresa, pero a más tardar 10 días después de la fecha de recepción.
1.5. Para verificar la calidad del equipo de protección personal en el almacén de la empresa, se debe asignar una sala con un lugar de trabajo equipado con una mesa, herramientas de medición, dispositivos y dispositivos de control necesarios, documentación reglamentaria y técnica, catálogos, libros de referencia sobre equipos de protección personal. y otros manuales, un diario para registrar los resultados de las inspecciones (Anexo 2).
2. El procedimiento para verificar la calidad del equipo de protección personal.2.1. Cada lote de equipo de protección personal recibido por la empresa deberá ser sometido a una inspección externa de la comisión y verificación del cumplimiento del surtido declarado en cuanto a modelos, tamaños, alturas, colores, características genéricas y destino.
2.2. Los equipos de protección personal recibidos por la empresa deben estar sujetos a control selectivo, pero no menor al 10% del lote recibido, para el cumplimiento de las principales características de los productos con los indicadores establecidos para ellos por las normas, especificaciones y demás normas reglamentarias y técnicas. documentación.
2.3. Cada paquete (lote) de PPE debe verificarse para verificar la presencia de datos de marcado estándar, incluidas las propiedades protectoras.
2.4. Todos los artículos de ropa de trabajo, además de la etiqueta, deben estar estampados con la imagen de la marca registrada, los nombres de la ubicación del fabricante, las designaciones de las propiedades protectoras. En productos completos (por ejemplo, una chaqueta con pantalón), las designaciones se colocan en cada producto incluido en el kit.
2.5. La calidad de los EPI recibidos debe comprobarse según los principales indicadores, de acuerdo con la documentación técnica y reglamentaria vigente.
2.5.1. Para monos:
etiquetado correcto;
Cumplimiento de las dimensiones del producto, la simetría de las formas y disposición de las partes pareadas;
Calidad de líneas, costuras;
Procesamiento correcto de sujetadores, clips de papel;
Uniformidad del suelo de lana.
2.5.2. Para calzado de seguridad:
etiquetado correcto;
Cumplimiento y calidad de los materiales y accesorios utilizados;
Cumplimiento de dimensiones lineales;
Emparejamiento de zapatos en tamaño, forma, color;
La calidad de la sujeción de las piezas del calzado;
La calidad de las partes internas (espaldas, dedos de los pies);
La calidad de la fijación del forro (presencia de pliegues sin alisar en el interior del zapato, revestimiento del forro).
2.5.3. Para guantes:
etiquetado correcto;
Cumplimiento de los materiales utilizados;
Cumplimiento de las dimensiones del producto;
Calidad de líneas, costuras.
2.5.4. Para protección respiratoria<*>:
Integridad de la entrega (disponibilidad de un pasaporte, instrucciones de uso), embalaje correcto, surtido de tamaños de las partes frontales de las máscaras antigás;
La presencia de deformaciones y daños mecánicos en las partes delanteras, tubos de conexión, filtrado y otros elementos, la integridad de los cristales de las gafas, la presencia de válvulas de inhalación y exhalación;
Cumplimiento del marcado de los elementos filtrantes del EPI especificado en la solicitud y el tiempo de almacenamiento garantizado.
2.5.5. Para la protección de los ojos y la cara:
Integridad del marcado de EPI (disponibilidad de un pasaporte, instrucciones de funcionamiento);
El estado externo de los EPP, anteojos y mirillas (ausencia de bordes afilados, conchas, grietas, pandeo, astillas y otros defectos);
La fuerza de la fijación de gafas y mirillas;
La capacidad de reemplazar anteojos y mirillas sin el uso de herramientas especiales.
2.5.6. Para protección de la cabeza (cascos):
Integridad de la entrega de productos (presencia de pasamontañas, capa, instrucciones de uso);
Disponibilidad y corrección del marcado (marca registrada del fabricante, número de documentación normativa y técnica, fecha de fabricación, tamaño del casco);
Aspecto de la caja y del equipamiento interno (ausencia de grietas, hinchazones y bordes afilados, presencia de un revestimiento de cuero en la parte frontal de la cinta portadora);
Fiabilidad y solidez de la fijación de la cinta transportadora y barboquejo de tamaño.
2.5.7. Para cinturones de seguridad:
La presencia de marcas, pasaportes e instrucciones de funcionamiento (las marcas deben incluir: la marca comercial del fabricante, el número de cinturón, el sello de control de calidad y la fecha de fabricación);
El estado externo de los elementos del cinturón de seguridad (ausencia en partes de tela: rasgaduras, violaciones de la integridad de las costuras, roturas en telas en los lugares de instalación de remaches; en partes metálicas: grietas, conchas, rebabas y violaciones de la revestimiento anticorrosión);
Fiabilidad de la hebilla y el mosquetón (el cinturón debe desabrocharse y abrocharse sin dificultad, el mosquetón debe abrirse con una sola mano después de presionar el dispositivo de seguridad).
<*>Los juegos de máscaras de gas se seleccionan de las cajas seleccionadas: 1% del lote, al menos 10 piezas.
Para aceptar equipo de protección respiratoria personal, la comisión (cláusula 1.2.) para la aceptación puede incluir empleados de equipos paramilitares de rescate de gas, paramilitares
Zapatos de fieltro. Reglas de aceptación y métodos de ensayo. (almacén, salón-tienda) 2. Comisión compuesta por: presidente de la comisión ............... miembros de la comisión .............. ............. con la participación de un representante .............................. . ......* (cargo, apellido, y., o.) hizo aceptación ....................... ....... ........... (nombre de los bienes) recibidos ............................... ... ....................... (Nombre del proveedor) .................... ... ............................................ 3. Fabricante.. . .......................................... 4. Miembros los las comisiones están familiarizadas con el Instructivo sobre el procedimiento de aceptación de productos en cuanto a calidad y cantidad 5. Se verificó la calidad de los bienes de acuerdo con la NTD. ................. ............................... ... (GOST, OST, TU, etc.) 6. La Comisión identificó desviaciones del NTD, (GOST, OST, TU, TO, etc.) .................................. .............................. ...... .............. .................................... ......... ...... ............. ............................................................. ... .. .................................................. . .......... ....................................... .................................. ........................ . ............................................. ........ .. .................................................. ..................................................... .................................................................. .................................................. 7. Conclusión de la comisión ........ .......... ............................... ......... .......... ................................................. ....... .... ....................................... .......... ................................................. ......... ............................. ................ ........................................................ 8 .Documentos adjuntos al acto .. .............................. ............ ........................................................ ..... ..... ........................................ ......... .......... Presidente de la Comisión ........... ............ Miembros de la Comisión ............................... ............................................. ............................................. ............................................. PROGRAMA DE FORMACIÓN PARA ESPECIALISTAS EN LA PROVISIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL A TRABAJADORES Y EMPLEADOSCon fines de capacitación o capacitación avanzada, se proporciona un plan de lecciones aproximado para especialistas involucrados en la provisión y operación de overoles, calzado especial y otros equipos de protección personal para un programa de 20 horas. empresas de salud.
II. Órdenes del Ministerio de Salud de la URSS
1. N° 910 del 10 de noviembre de 1972 "Sobre adiciones y modificaciones a las normas para la distribución gratuita de overoles, calzados y dispositivos de seguridad a los empleados de las instituciones, empresas y organismos del sistema de salud".
2. 10 de octubre de 1983 N 1181 "Sobre la introducción de normas para la emisión gratuita de overoles, zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal".
tercero Cartas directivas del Ministerio de Salud de la URSS
1. N° 01-6/20-16 del 22 de enero de 1980 sobre la entrega gratuita de calzado preventivo a las enfermeras de los hospitales quirúrgicos.
2. N° 06-14/1 de 14 de enero de 1987 “Sobre reformas, adiciones y aclaraciones de redacción a las Normas modelo de industria para la libre expedición de overoles, calzados especiales y demás equipos de protección personal”.
Departamento Jurídico del Ministerio de Salud y desarrollo Social La Federación Rusa consideró, dentro de su competencia, una carta sobre la aplicación de ciertas disposiciones de la Orden del Ministerio de Salud de la URSS del 29 de enero de 1988 No. 65 “Sobre la introducción de normas sectoriales para la emisión gratuita de monos, calzado especial y otros equipos de protección personal, así como normas de vestuario sanitario y calzado sanitario” (en adelante - Orden N° 65) e informa lo siguiente (en el orden de las preguntas formuladas).
El Departamento Jurídico del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Federación de Rusia no tiene derecho a proporcionar aclaraciones sobre este tema, por lo tanto, informamos la opinión de los especialistas del departamento.
1. De conformidad con el artículo 209 Código de Trabajo de la Federación de Rusia medios de protección individual y colectiva de los trabajadores - medios tecnicos utilizados para prevenir o reducir la exposición de los trabajadores a factores de producción nocivos y (o) peligrosos, así como para proteger contra la contaminación.
La ropa sanitaria e higiénica, el calzado sanitario y los artículos sanitarios, a nuestro juicio, no son equipos de protección individual en el sentido que se le da a este concepto. derecho laboral, ya que su uso está condicionado no solo por la necesidad de proteger al trabajador, sino también por la necesidad de asegurar los requisitos sanitarios e higiénicos cuando el trabajador interactúa con otras personas, mantener un régimen sanitario y epidemiológico adecuado en una organización médica, etc.) , en relación con la cual la emisión de ropa sanitaria e higiénica, zapatos sanitarios y suministros sanitarios no puede ser considerada como la emisión de equipo de protección personal.
El Anexo No. 2 "Normas para la entrega gratuita de ropa sanitaria, zapatos sanitarios y artículos sanitarios a los empleados de instituciones, empresas y organizaciones de salud" al decreto No. 65 establece que se entrega ropa sanitaria, zapatos sanitarios y artículos sanitarios a los trabajadores y empleados. durante la duración del trabajo además de los monos, zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal previstos en el Anexo N° 1 de la Orden N° 65.
Actualmente, la ropa sanitaria, el calzado sanitario y los suministros sanitarios se entregan a las categorías de trabajadores correspondientes. organizaciones medicas además del equipo de protección personal, cuya emisión está prevista por el Decreto del Ministerio de Trabajo de Rusia del 29 de diciembre de 1997 No. 68 "Sobre la aprobación de las normas de la industria modelo para la emisión gratuita de ropa especial, calzado especial y Otros Equipos de Protección Personal a los Trabajadores” (en adelante Decreto N° 68).
Así, con la aprobación del Decreto N° 68, el Anexo N° 2 de la Orden N° 65 no ha perdido vigencia y sigue vigente.
2. El Decreto del Ministerio de Trabajo de Rusia del 31 de diciembre de 1997 No. 70 aprobó las Normas para la entrega gratuita de ropa especial de abrigo y zapatos especiales de abrigo a los trabajadores en zonas climáticas que son comunes para todos los sectores de la economía (excepto para regiones climáticas previstas específicamente en las Normas Modelo de la Industria para la entrega gratuita de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal para los trabajadores del transporte marítimo, los trabajadores de la aviación civil, los trabajadores que realizan observaciones y trabajos sobre el régimen hidrometeorológico ambiente; composición permanente y variable de las organizaciones educativas y deportivas de la Organización Técnica y Deportiva de Defensa de Rusia (ROSTO)) (en adelante, la Resolución No. 70).
El párrafo 2 del Decreto No. 70 establece que con su adopción en el territorio de la Federación de Rusia, las Normas para la entrega gratuita de ropa especial de abrigo y calzado especial para trabajadores y empleados en zonas climáticas que son las mismas para todos los sectores del nacional. economía (excepto las regiones climáticas previstas específicamente en las normas de la Industria Modelo de libre entrega de ropa especial, calzado especial y otros equipos de protección personal a los trabajadores y empleados del transporte marítimo; trabajadores y empleados de la aviación civil; trabajadores y empleados que realizan observaciones y trabajo sobre el régimen hidrometeorológico del medio ambiente; composición permanente y variable de organizaciones educativas y deportivas DOSAAF de la URSS), aprobado por la resolución del Comité Estatal de Trabajo de la URSS y el Presidium del Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión del 8 de diciembre de 1982 No. 293 / P-19, con enmiendas y adiciones, aprobado por las resoluciones del Comité Estatal de Trabajo de la URSS y el Presidium del Consejo Central de Sindicatos de toda la Unión del 10 de junio de 1986 No .213/P-6 y del 9 de marzo de 1987 N° 147/P-3 (en adelante - Normas).
Dado que las Normas estaban contenidas en el Apéndice No. 3 de la Orden No. 65, el Apéndice No. 3 en realidad ha perdido su vigencia y no está sujeto a aplicación.
3. Forma tarjeta personal la contabilidad para la emisión de equipos de protección personal fue aprobada por orden del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Federación Rusa del 1 de junio de 2009 No. 290n "Sobre la aprobación de las Reglas intersectoriales para proporcionar a los trabajadores ropa especial, calzado especial y otros Equipo de protección personal”, en relación con el cual el Apéndice No. 5 de la orden No. 65, que contiene el formulario de tarjeta personal aprobado por la Oficina Central de Estadística de la URSS con fecha 25 de diciembre de 1978 No. 1148 (formulario # interdepartamental estándar No. MB -6), no se aplica.
Tenga en cuenta que esta carta no puede considerarse una aclaración oficial del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Federación Rusa.
Carta del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Federación de Rusia del 14 de abril de 2011 No. 1749-12 "Sobre la aplicación de la orden del Ministerio de Salud de la URSS del 29 de enero de 1988 No. 65"
Descripción general del documento
Se explicó la posición del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de Rusia sobre la aplicación de los estándares de la industria para la entrega gratuita de overoles, zapatos de seguridad y otros equipos de protección personal. Se trata de sobre las normas aprobadas por orden del Ministerio de Salud de la URSS del 29 de enero de 1988 N65.
Continúa vigente lo dispuesto en dicho documento sobre la distribución gratuita de ropa sanitaria, calzado sanitario y accesorios a empleados de instituciones, empresas y organismos de salud.
De hecho, las normas para la entrega de overoles de abrigo y calzado especial a trabajadores y empleados en zonas climáticas, lo mismo para todos los sectores de la economía nacional, en realidad han perdido vigencia.
No se aplica el formulario estándar interdepartamental NMB-6. El hecho es que el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de Rusia, por orden del 1 de junio de 2009 N 290n, aprobó una nueva forma de tarjeta de registro personal para la emisión de equipos de protección personal.